Si, durante el transcurso de una ya comenzada, el contribuyente o responsable tuviera que cumplir una determinación impositiva superior al impuesto anteriormente abonado, el término de la iniciada con relación a éste quedará suspendido hasta el 1º de enero siguiente al año en que se cancele el saldo adeudado, sin perjuicio de la independiente relativa a este saldo.
Qué significa en la práctica
Regula la situación de una ya comenzada cuando se asume una .