Ley 11.723

Artículo 16Colaboradores

Texto oficial

Salvo convenios especiales los colaboradores de una obra disfrutan derechos iguales; los colaboradores anónimos de una compilación colectiva, no conservan derecho de propiedad sobre su contribución de encargo y tendrán por representante legal al editor.

Qué significa en la práctica

Los colaboradores de una obra disfrutan de derechos iguales, salvo convenio especial.

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