Ley 11.723

Artículo 24Traductor de obra de dominio público

Texto oficial

El traductor de una obra que no pertenece al privado sólo tiene propiedad sobre su versión y no podrá oponerse a que otros la traduzcan de nuevo.

Qué significa en la práctica

El traductor de una obra de público solo tiene propiedad sobre su versión y no puede impedir otras traducciones.

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