Ley 11.723

Artículo 4Titulares del derecho

Texto oficial

Son titulares del derecho de propiedad intelectual: a) El autor de la obra; b) Sus herederos o derechohabientes; c) Los que con permiso del autor la traducen, refunden, adaptan, modifican o transportan sobre la nueva obra intelectual resultante. d) Las personas físicas o jurídicas cuyos dependientes contratados para elaborar un programa de computación hubiesen producido un programa de computación en el desempeño de sus funciones laborales, salvo estipulación en contrario. (Inciso d) incorporado por Art. 2 — Ley 25.036 B.O. 11/11/1998)

Qué significa en la práctica

Enumera los titulares del derecho de propiedad intelectual: el autor, sus herederos y quienes lo adapten con su permiso.

Normas relacionadas

← Ver en Ley de Propiedad Intelectual completaLeyes