La enajenación o cesión de una obra pictórica, escultórica, fotográfica o de artes análogas, salvo pacto en contrario, no lleva implícito el derecho de reproducción que permanece reservado al autor o sus derechohabientes.
Qué significa en la práctica
La enajenación de una obra pictórica o escultórica no incluye, salvo pacto, el derecho de reproducción.