Artículo 6Condena judicial como causa para negar la inscripción
Texto oficial
Es causa especial para negar la inscripción, el haber sufrido condena judicial que no haya sido declarada en suspenso y mientras duren los efectos de la misma.
Qué significa en la práctica
Solo puede negarse la inscripción a quien tenga una condena judicial no declarada en suspenso, y mientras duren sus efectos.