Ley 13.064

Artículo 29Modificaciones ordenadas por escrito

Texto oficial

El contratista se conformará con las modificaciones en los trabajos, que le fuesen ordenados por funcionario autorizado, siempre que esas órdenes le sean dadas por escrito y no alteren las bases del .

Qué significa en la práctica

El contratista debe acatar las modificaciones ordenadas por funcionario autorizado, siempre que sean por escrito y no alteren las bases del .

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