Ley 13.064

Artículo 35Multas por demora

Texto oficial

Las demoras en la terminación de los trabajos con respecto a los plazos estipulados, darán lugar a la aplicación de multas o sanciones que serán graduadas por el Poder Ejecutivo de acuerdo con la importancia del atraso, siempre que el contratista no pruebe que se debieron a causas justificadas y éstas sean aceptadas por autoridad competente. E1 contratista quedará constituido en por el solo hecho del transcurso del o de los plazos estipulados en el y obligado al pago de la multa aplicada, pudiéndosele descontar de los certificados a su favor, de las retenciones para reparo o bien afectar la fianza rendida.

Qué significa en la práctica

Las demoras respecto de los plazos dan lugar a multas o sanciones graduadas según la importancia del atraso, salvo causa justificada.

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