Artículo 41Recepción definitiva y plazo de garantía
Texto oficial
La recepción definitiva se llevará a efecto tan pronto expire el plazo de la garantía que se hubiese fijado en el , siendo durante este plazo el contratista responsable de la conservación y reparación de las obras salvo los efectos resultantes del uso indebido de las mismas.
Qué significa en la práctica
La recepción definitiva se hace al vencer el plazo de garantía; durante ese plazo el contratista responde por la conservación y reparación.