Toda persona que tenga conocimiento de haberse producido algún incendio de bosques está obligada a formular de inmediato la denuncia ante la autoridad más próxima. Las oficinas telefónicas, telegráficas y de radiocomunicaciones oficiales o privadas deberán transmitir sin previo pago y con carácter urgente las denuncias que se formulares.
Qué significa en la práctica
Toda persona que conozca un incendio de bosques debe denunciarlo; las comunicaciones se transmiten sin cargo.