Ley 13.273

Artículo 3Ámbito

Texto oficial

Quedan sometidos a las disposiciones de la presente ley: a) Los bosques y tierras forestales que se hallen ubicados en federal; b) Los bosques y tierras forestales de propiedad privada o pública ubicados en las provincias que se acojan al régimen de la presente ley; c) Los bosques protectores y tierras forestales que respondan a algunas de las condiciones especificadas en el artículo 8º, ubicados en el territorio provincial, siempre que los efectos de esa calidad incidan sobre intereses que se encuentren dentro de la esfera de del gobierno federal, sea porque afecten al bienestar general, al progreso y prosperidad de dos o más provincias o de una provincia y el territorio federal o a la defensa nacional.

Qué significa en la práctica

Somete a la ley los bosques de federal, los de las provincias adheridas y los protectores de interés federal.

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