Ley 13.273

Artículo 4Beneficios de la adhesión

Texto oficial

Las provincias que se acojan al régimen de la presente ley gozarán de los beneficios siguientes: a) Participación en la ayuda federal, afectada a obras de forestación y reforestación; b) Régimen del crédito agrario hipotecario o especial para trabajos de forestación y reforestación en bosques de propiedad provincial o comunal.

Qué significa en la práctica

Las provincias adheridas gozan de ayuda federal y crédito para forestación y reforestación.

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