Ley 13.273

Artículo 61Premios

Texto oficial

Periódicamente y de acuerdo con la reglamentación que se dicte, se podrán conceder premios y primas de estímulo a las actividades forestales técnicas, científicas y de fomento y de industrialización de nuevos productos y subproductos. El Poder Ejecutivo arbitrará los medios a fin de que el transporte de simientes, estacas y plantas forestales se realice a tarifas reducidas.

Qué significa en la práctica

Pueden concederse premios y primas de estímulo a las actividades forestales.

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