Son deberes del personal docente, sin perjuicio de los que establezcan las leyes y decretos generales para el personal civil de la Nación: a) Desempeñar digna, eficaz y lealmente las funciones inherentes a su cargo; b) Educar a los alumnos en los principios democráticos y en la forma de gobierno instituida en nuestra Constitución Nacional y en las leyes dictadas en su consecuencia, con absoluta prescindencia partidista; c) Respetar la técnica, administrativa y disciplinaria, así como la vía jerárquica; d) Observar una conducta acorde con la función educativa y no desempeñar actividad que afecte la dignidad del docente; e) Ampliar su cultura y propender al perfeccionamiento de su pedagógica; f) Cumplir los horarios que correspondan a las funciones pasivas.
Qué significa en la práctica
Enumera los deberes del personal docente: desempeñar la enseñanza con idoneidad, respetar la vía jerárquica, cumplir los horarios y demás obligaciones.