Ley 14.473

Artículo 59Revisión

Texto oficial

El docente afectado por las sanciones mencionadas, podrá solicitar, dentro del año por una sola vez, la revisión de su caso. La autoridad que la aplicó dispondrá la reapertura del sumario siempre que el recurrente aporte nuevos elementos de juicio.

Qué significa en la práctica

El docente sancionado puede solicitar, una vez al año, la revisión de su caso en las condiciones que fija la ley.

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