Ley 14.473

Artículo 73Concursos de antecedentes

Texto oficial

Los concursos de antecedentes a cargo de las juntas de clasificación se harán sobre la base de los siguientes elementos de juicio: a) Eficacia y responsabilidad en su función docente; b) Laboriosidad, espíritu de iniciativa, de superación y asistencia; c) Actitud docente y directiva; d) Títulos estudios, publicaciones y otras actividades docentes.

Qué significa en la práctica

Los concursos de antecedentes a cargo de las juntas de clasificación se hacen sobre los elementos que enumera.

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