Toda persona o empresa en general que transporte los productos a que se refiere esta ley deberá cumplir las disposiciones reglamentarias de la misma a objeto de hacer efectiva la fiscalización. (Texto Original restituido por art. 1° del Decreto N° 627/2025 B.O. 3/09/2025. Vigencia: a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial)
Qué significa en la práctica
Quien transporte los productos vitivinicolas debe cumplir los requisitos que fija la ley.