El Consejo Directivo sesionará con la mitad más uno de sus miembros. A los efectos del quórum se computará al presidente del instituto. Las resoluciones se tomarán por simple mayoría de votos. El presidente tendrá voto solamente en caso de empate. (Texto Original restituido por art. 1° del Decreto N° 627/2025 B.O. 3/09/2025. Vigencia: a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial)
Qué significa en la práctica
Regula el funcionamiento y el quorum del Consejo Directivo del Instituto.