Todas las funciones y atribuciones de gobierno, inspección y policía, en materia de generación, transformación, transmisión y distribución de la energía eléctrica de nacional, serán ejercidas por la SECRETARÍA DE ENERGÍA, la que tendrá a su cargo: a. Promover el desarrollo integral y racional funcionamiento de los Sistemas Eléctricos Nacionales (SEN), mediante la interconexión de las centrales y redes de nacional; b. Asegurar la libre circulación y distribución de la energía eléctrica en todo el territorio de la Nación, en función de los objetivos previstos en el Art. 2 — Marco Regulatorio Eléctrico; c. Mantener actualizado el inventario de las fuentes de energía, el catastro de las utilizaciones y la estadística de la industria eléctrica en todos sus aspectos; d. Asesorar al PODER EJECUTIVO NACIONAL con relación al otorgamiento de las concesiones y autorizaciones para la utilización de las fuentes de energía eléctrica y para la instalación de centrales y redes de nacional; (Artículo sustituido por art. 22 del Anexo aprobado por art. 1º del Decreto Nº 450/2025 B.O. 7/7/2025. Vigencia: el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)
Qué significa en la práctica
Regula las funciones de gobierno, inspección y policía del sector.