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Art. 101
Ley 17.132
Artículo 101
Ejercicio de la fonoaudiología
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Texto oficial
Se entiende como ejercicio de la fonoaudiología la medición de los niveles de audición (audiometría) y la enseñanza de ejercicio de reeducación o rehabilitación de la voz, el habla y el lenguaje a cumplirse por el paciente.
Qué significa en la práctica
Define el ejercicio de la fonoaudiología.
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