Si el abordaje se produjo por de una de las aeronaves, el explotador de la aeronave inocente tiene derecho a repetir el importe de las indemnizaciones que se hubiese visto obligado a abonar a causa de la . Si hubiese concurrencia de , quien como consecuencia de la hubiese abonado una suma mayor que la debida, tiene derecho a repetir el excedente.
Qué significa en la práctica
Si el abordaje fue por de una aeronave, el explotador de la inocente puede repetir lo que pagó.