Ley 17.418

Artículo 145Varios beneficiarios

Texto oficial

Designadas varias personas sin indicación de cuota parte, se entiende que el beneficio es por partes iguales. Designación de hijos Cuando se designe a los hijos se entiende los concebidos y los sobrevivientes al tiempo de ocurrido el evento previsto. Designación de herederos Cuando se designe a los herederos, se entiende a los que por ley suceden al contratante, si no hubiere otorgado ; si lo hubiere otorgado, se tendrá  por designados a los herederos instituidos. Si no se fija cuota parte, el beneficio se distribuir  conforme a las cuotas hereditarias. No designación o caducidad de esta Cuando el contratante no designe beneficiario o por cualquier causa la designación se haga ineficaz o quede sin efecto, se entiende que designó a los herederos. Forma de designación

Qué significa en la práctica

Designados varios beneficiarios sin cuota, el beneficio es por partes iguales.

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