Cuando existiera agravación del riesgo y el asegurador optase por no rescindir el o la rescisión fuese improcedente, corresponderá el reajuste de la prima de acuerdo al nuevo estado del riesgo desde la denuncia, según la tarifa aplicable en este momento.
SECCION IX
Caducidad
Caducidad convencional
Qué significa en la práctica
Regula el efecto cuando el asegurador no rescinde pese a la agravación del riesgo.