Ley 17.418

Artículo 70Provocación dolosa

Texto oficial

El asegurador queda liberado sí el tomador o el beneficiario provoca el siniestro dolosamente o por grave. Quedan excluidos los actos realizados para precaver el siniestro o atenuar sus consecuencias, o por un deber de humanidad generalmente aceptado. Guerra, motín o tumulto

Qué significa en la práctica

El asegurador se libera si el tomador o beneficiario provoca el siniestro dolosamente o por grave.

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