El asegurador está obligado a reembolsar al asegurado los gastos no manifiestamente desacertados realizados en cumplimiento de los deberes del artículo 72, aun cuando hayan resultado infructuosos o excedan de la suma asegurada.
Reembolso infraseguro
En el supuesto de infraseguro se reembolsará en la proporción indicada en el artículo 65, párrafo segundo.
Instrucciones del asegurador
Si los gastos se realizan de acuerdo a instrucciones del asegurador, éste debe siempre su pago íntegro y anticipar los fondos si así le fuere requerido.
Abandono
Qué significa en la práctica
El asegurador reembolsa los gastos no desacertados realizados para evitar o disminuir el daño.