Ley 17.454

Artículo 206Medida sobre bienes muebles

Texto oficial

Cuando la medida se trabare sobre bienes muebles, mercaderías o materias primas, pertenecientes a establecimientos comerciales, fabriles o afines, que los necesitaren para su funcionamiento, el juez podrá autorizar la realización de los actos necesarios para no comprometer el proceso de fabricación o comercialización. CADUCIDAD

Qué significa en la práctica

Regula la medida cuando recae sobre bienes muebles o mercaderías.

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