Ley 17.454

Artículo 329Incumplimiento de la orden

Texto oficial

Cuando sin justa causa el interpelado no cumpliere la la orden del juez en el plazo fijado, o diere informaciones falsas o que pudieren inducir a error o destruyere u ocultare los instrumentos o cosas cuya exhibición o presentación se hubiere requerido, se le aplicará una multa que no podrá ser menor de PESOS CUARENTA MIL ($ 40.000) ni mayor de PESOS SIETE MILLONES ($ 7.000 000) sin perjuicio de las demás responsabilidades en que hubiere incurrido. ( Nota Infoleg : por art. 1° de la Resolucion N° 497/1991 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 02/05/1991, se actualiza el monto establecido en el presente artículo en ₳ 117.415,91 y ₳ 21.233.251,42 . Vigencia: Los montos reajustados regirán a partir de la publicación de la presente en el Boletín Oficial. Actualizaciones anteriores : Resolución General N° 1220/1981 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 21/9/1981; Resolución 285/1982 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 23/3/1982;   Resolución 1185/1982 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 17/9/1982;   Resolución 265/1983 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 23/3/1983; Resolución 1511/1983 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 26/9/1983; Resolución 217/1984 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 22/3/1984; Resolución 982/1984 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 25/9/1984; Resolución 117/1985 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 26/3/1985; Resolución 511/1985 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 30/09/1985; Resolución 122/1986 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 31/03/1986; Resolución 650/1986 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 01/10/1986; Resolución 130/1987 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 30/03/1987; Resolución 746/1987 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 29/09/1987; Resolución 196/1988 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 29/03/1988; Resolución 886/1988 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 16/09/1988; Resolución 135/1989 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 21/03/1989; Resolución 931/1989 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 02/10/1989; Resolución 221/1990 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 27/03/1990; Resolución 1099/1990 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 16/10/1990; Resolución 1441/1990 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 21/11/1990; Resolución 1663/1990 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 02/01/1991; Resolución 6/1991 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 08/02/1991; Resolución 93/1991 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 28/02/1991; Resolución 243/1991 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 26/03/1991). La orden de exhibición o presentación de instrumento o cosa mueble, que no fuere cumplida, se hará efectiva mediante secuestro y allanamiento de lugares, si resultare necesario. Cuando la diligencia preliminar consistiere en la citación para el reconocimiento de la de rendir cuentas y el citado no compareciere, se tendrá por admitida dicha y la cuestión tramitará por el procedimiento de los incidentes. Si comparece y niega que deba rendir cuentas, pero en el juicio a que se refiere el artículo 652 se declarare que la rendición corresponde, el juez impondrá al demandado una multa que no podrá ser menor de PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000) ni mayor de PESOS OCHOCIENTOS MIL ($ 800.000) cuando la negativa hubiere sido maliciosa. ( Nota Infoleg : por art. 1° de la Resolucion N° 497/1991 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 02/05/1991, se actualiza el monto establecido en el presente artículo en ₳ 146.772,86 a ₳ 2.348.328,30. Vigencia: Los montos reajustados regirán a partir de la publicación de la presente en el Boletín Oficial. Actualizaciones anteriores : Resolución General N° 1220/1981 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 21/9/1981; Resolución 285/1982 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 23/3/1982;   Resolución 1185/1982 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 17/9/1982;   Resolución 265/1983 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 23/3/1983; Resolución 1511/1983 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 26/9/1983; Resolución 217/1984 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 22/3/1984; Resolución 982/1984 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 25/9/1984; Resolución 117/1985 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 26/3/1985; Resolución 511/1985 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 30/09/1985; Resolución 122/1986 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 31/03/1986; Resolución 650/1986 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 01/10/1986; Resolución 130/1987 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 30/03/1987; Resolución 746/1987 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 29/09/1987; Resolución 196/1988 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 29/03/1988; Resolución 886/1988 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 16/09/1988; Resolución 135/1989 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 21/03/1989; Resolución 931/1989 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 02/10/1989; Resolución 221/1990 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 27/03/1990; Resolución 1099/1990 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 16/10/1990; Resolución 1441/1990 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 21/11/1990; Resolución 1663/1990 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 02/01/1991; Resolución 6/1991 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 08/02/1991; Resolución 93/1991 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 28/02/1991; Resolución 243/1991 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 26/03/1991). Si correspondiere, por la naturaleza de la medida preparatoria y la conducta observada por el requerido, los jueces y tribunales podrán imponer sanciones conminatorias, en los términos del artículo 37.

Qué significa en la práctica

Regula las consecuencias del incumplimiento de la orden de exhibición.

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