Ley 17.454

Artículo 332Fuero federal

Texto oficial

Cuando procediere el federal por razón de la nacionalidad o del domicilio de las personas, el demandante deberá presentar con la documentos o informaciones que acrediten aquella circunstancia. AGREGACION DE LA PRUEBA DOCUMENTAL Y OFRECIMIENTO DE LA CONFESIONAL

Qué significa en la práctica

Regula la cuando procede el federal por la nacionalidad o el domicilio.

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