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Art. 345
Ley 17.454
Artículo 345
Citación irregular
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Texto oficial
Si la citación se hiciere en contravención a lo prescripto en los artículos que preceden, será nula y se aplicará lo dispuesto en el artículo 149.
Qué significa en la práctica
Regula las consecuencias de la citación hecha en contravención a la ley.
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