Ley 17.454

Artículo 371Admisión de la prueba

Texto oficial

No se admitirá la prueba si en el escrito de ofrecimiento no se cumplieren los requisitos establecidos en los DOS (2) artículos anteriores. FACULTAD DE LA CONTRAPARTE. DEBER DEL JUEZ

Qué significa en la práctica

No se admite la prueba si no se cumplen los requisitos del ofrecimiento.

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