Ley 17.454

Artículo 411Forma de las posiciones

Texto oficial

Las posiciones serán claras y concretas; no contendrán mas de UN(1) hecho; serán redactadas en forma afirmativa y deberán versar sobre puntos controvertidos que se refieren a la actuación personal del absolvente. Cada posición importará, para el ponente, el reconocimiento del hecho a que se refiere. El juez podrá modificar y sin recurso alguno, el orden y los términos de las posiciones propuestas por las partes, sin alterar su sentido. Podrá, asimismo, eliminar las que fuesen manifiestamente inútiles. FORMA DE LAS CONTESTACIONES

Qué significa en la práctica

Las posiciones deben ser claras y concretas y referirse a un solo hecho.

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