Ley 17.454

Artículo 413Hechos personales

Texto oficial

Si las posiciones se refieren a hechos personales, las contestaciones deberán ser afirmativas o negativas. El absolvente podrá agregar las explicaciones que estime necesarias. Cuando el absolvente manifestare no recordar el hecho acerca del que se le pregunta, el juez lo tendrá por confeso en la , siempre que las circunstancias hicieren inverosímil la contestación. POSICION IMPERTINENTE

Qué significa en la práctica

Regula las respuestas sobre hechos personales del absolvente.

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