Ley 17.454

Artículo 426Prueba testimonial

Texto oficial

Toda persona mayor de CATORCE (14) años podrá ser propuesta como testigo y tendrá el deber de comparecer y declarar, salvo las excepciones establecidas por ley. Los testigos que tengan su domicilio fuera del lugar del asiento del tribunal pero dentro de un radio de SETENTA (70) kilómetros, están obligados a comparecer para prestar declaración ante el tribunal de la causa, si lo solicitare la parte que los propone y el testigo no justificare imposibilidad de concurrir ante dicho tribunal. TESTIGOS EXCLUIDOS

Qué significa en la práctica

Toda persona mayor de catorce años puede ser propuesta como testigo.

Normas relacionadas

← Ver en Código Procesal Civil y Comercial de la Nación completaLeyes