Ley 17.454

Artículo 505Citación para la venta

Texto oficial

Trabado el se citará al deudor para la venta de los bienes embargados. Las excepciones deberá oponerlas y probarlas dentro de quinto día. EXCEPCIONES

Qué significa en la práctica

Trabado el , se cita al deudor para la venta de los bienes.

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