Ley 17.454

Artículo 521Preparación de la vía ejecutiva

Texto oficial

Si, en los casos en que por este Código, corresponde un proceso de ejecución, el actor optare por uno de conocimiento y hubiese oposición del demandado, el juez, atendiendo a las circunstancias del caso, resolverá cuál es la clase de proceso aplicable. DEUDA PARCIALMENTE LIQUIDA

Qué significa en la práctica

Regula los casos en que corresponde preparar la vía ejecutiva.

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