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Art. 527
Ley 17.454
Artículo 527
Reconocimiento de la firma
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Texto oficial
Reconocida la firma del instrumento quedará preparada la acción ejecutiva, aunque se hubiese negado su contenido. DESCONOCIMIENTO DE LA FIRMA
Qué significa en la práctica
Reconocida la firma, queda preparada la acción ejecutiva.
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