Ley 17.454

Artículo 593Nulidad de oficio

Texto oficial

El juez deberá decretar la de la subasta cuando las irregularidades de que ella adoleciere comprometieren gravemente la actividad jurisdiccional; no podrá hacerlo si hubiere decretado medidas que importen considerar válido el remate. SECCION 7° - TEMERIDAD TEMERIDAD

Qué significa en la práctica

El juez debe decretar la de la subasta en los casos previstos.

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