Ley 17.454

Artículo 609Anotación de litis en el interdicto

Texto oficial

Presentada la , podrá decretarse la anotación de litis en el registro de la propiedad, si los títulos acompañados y los antecedentes aportados justificaren esa medida precautoria.

Qué significa en la práctica

Regula la anotación de litis en el interdicto de adquirir.

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