Ley 17.454

Artículo 624Declaración de demencia

Texto oficial

Las personas que pueden pedir la declaración de demencia se presentarán ante el juez competente exponiendo los hechos y acompañando certificados de DOS (2) médicos, relativos al estado mental del presunto incapaz y su peligrosidad actual. MEDICOS FORENSES

Qué significa en la práctica

Regula la legitimación para pedir la declaración de demencia (hoy restringida).

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