Ley 17.454

Artículo 691Comparecencia de los interesados

Texto oficial

Cuando en el proceso sucesorio el juez advirtiere que la comparecencia personal de las partes y de sus letrados podría ser beneficiosa para la concentración y simplificación de los actos procesales que deben cumplirse, o a pedido de parte, señalará UNA (1) audiencia a la que aquéllos deberán concurrir personalmente, bajo apercibimiento de imponer una multa de PESOS CUARENTA MIL ($ 40.000) a PESOS SETECIENTOS MIL ($ 700.000) en caso de inasistencia injustificada. En dicha audiencia el juez procurará que las partes establezcan lo necesario para la más rápida tramitación del proceso. ( Nota Infoleg : por art. 1° de la Resolucion N° 497/1991 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 02/05/1991, se actualiza el monto establecido en el presente artículo en ₳ 117.415,91 a ₳ 2.054.788,80. Vigencia: Los montos reajustados regirán a partir de la publicación de la presente en el Boletín Oficial. Actualizaciones anteriores : Resolución General N° 1220/1981 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 21/9/1981; Resolución 285/1982 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 23/3/1982;   Resolución 1185/1982 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 17/9/1982;   Resolución 265/1983 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 23/3/1983; Resolución 1511/1983 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 26/9/1983; Resolución 217/1984 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 22/3/1984; Resolución 982/1984 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 25/9/1984; Resolución 117/1985 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 26/3/1985; Resolución 511/1985 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 30/09/1985; Resolución 122/1986 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 31/03/1986; Resolución 650/1986 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 01/10/1986; Resolución 130/1987 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 30/03/1987; Resolución 746/1987 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 29/09/1987; Resolución 196/1988 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 29/03/1988; Resolución 886/1988 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 16/09/1988; Resolución 135/1989 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 21/03/1989; Resolución 931/1989 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 02/10/1989; Resolución 221/1990 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 27/03/1990; Resolución 1099/1990 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 16/10/1990; Resolución 1441/1990 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 21/11/1990; Resolución 1663/1990 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 02/01/1991; Resolución 6/1991 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 08/02/1991; Resolución 93/1991 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 28/02/1991; Resolución 243/1991 de la Corte Suprema de Justicia, B.O. 26/03/1991). ADMINISTRADOR PROVISIONAL

Qué significa en la práctica

Regula la situación cuando la comparecencia de los interesados es dificultosa.

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