Ley 17.454

Artículo 705Reconocimiento de la letra

Texto oficial

Si los testigos reconocen la letra y firma del testador, el juez rubricará el principio y fin de cada una de las páginas del y designará UN (1) escribano para que los protocolice. OPOSICION A LA PROTOCOLIZACION

Qué significa en la práctica

Regula el reconocimiento de la letra y la firma del testador.

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