Las tercerías deberán fundarse en el de los bienes embargados o en el derecho que el tercero tuviere a ser pagado con preferencia al embargante.
La de deberá deducirse antes de que se otorgue la de los bienes; la de mejor derecho, antes de que se pague al acreedor.
Si el tercerista dedujere la después de DIEZ (10) días desde que tuvo o debió tener conocimiento del o desde que se rechazó el levantamiento sin tercería, abonará las costas que originare su presentación extemporánea, aunque correspondiere imponer las del proceso a la otra parte por declararse procedente la tercería.
ADMISIBILIDAD. REQUISITOS. REITERACION
Qué significa en la práctica
Las tercerías deben fundarse en el de los bienes o en un mejor derecho.