Ley 17.741

Artículo 15Obligaciones de las peliculas con beneficios

Texto oficial

Las películas de largometraje que reciban alguno de los beneficios establecidos en la presente ley no podrán exhibirse por televisión, para el territorio argentino antes de haber transcurrido DOS (2) años de su primera exhibición comercial en el país.

Qué significa en la práctica

Las peliculas que reciben beneficios quedan sujetas a las obligaciones que fija la ley.

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