Ley 17.741

Artículo 16Incumplimiento

Texto oficial

El incumplimiento de lo determinado en el artículo 15 hará pasible al productor de la película de: a) pérdida de la cuota de pantalla; b) vencimiento del plazo otorgado para la cancelación del crédito c) de reintegro total e inmediato de todo subsidio recibido por la película.

Qué significa en la práctica

El incumplimiento del articulo anterior hace pasible de las sanciones que indica.

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