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Art. 52
Ley 17.741
Artículo 52
Coproduccion sin convenios
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Texto oficial
Cuando no existan convenios internacionales, la coproducción será autorizada en cada caso por el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.
Qué significa en la práctica
Regula la coproduccion cuando no existen convenios internacionales.
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