Aparte de la certificación a que se refiere el artículo 23, el Registro expedirá copia autenticada de la documentación registral y los informes que se soliciten de conformidad con la reglamentación local.
Qué significa en la práctica
Además de la certificación, el Registro expide copia autenticada de la documentación registral y los informes que se soliciten según la reglamentación local.