Ley 17.811

Artículo 6Funciones de la CNV

Texto oficial

La Comisión Nacional de Valores tiene las siguientes funciones: a) autorizar la oferta pública de títulos valores; b) asesorar al Poder Ejecutivo Nacional sobre los pedidos de autorización para funcionar que efectúen las bolsas de comercio, cuyos estatutos prevén la cotización de títulos valores, y los mercados de valores; c) llevar el índice general de los agentes de bolsa inscriptos en los mercados de valores; d) llevar el registro de las personas físicas y jurídicas autorizadas para efectuar oferta pública de títulos valores y establecer las normas a que deben ajustarse aquéllas y quiénes actúan por cuenta de ellas; e) aprobar los reglamentos de las bolsas de comercio relacionados con la oferta pública de títulos valores, y los de los mercados de valores; f) fiscalizar el cumplimiento de las normas legales, estatutarias y reglamentarias en lo referente al ámbito de aplicación de la presente ley; g) solicitar al Poder Ejecutivo Nacional, el retiro de la autorización para funcionar acordada a las bolsas de comercio cuyos estatutos prevean la cotización de títulos valores y a los mercados de valores, cuando dichas instituciones no cumplan las funciones que les asigna esta ley.

Qué significa en la práctica

Enumera las funciones: autorizar la oferta pública, asesorar sobre bolsas y mercados, llevar registros y fiscalizar.

Normas relacionadas

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