Texto oficial
Todo empleador que contrate o subcontrate los servicios de contratistas, subcontratistas o intermediarios, deberá requerir de éstos la constancia de su inscripción como empleadores y que tienen a su personal afiliado o denunciado a la Caja respectiva. Caso contrario será solidariamente responsable del cumplimiento de las obligaciones referentes a la retención y depósito de los aportes y contribuciones que corresponden al personal que preste servicios a las órdenes de los contratistas, subcontratistas e intermediarios.