Los beneficiarios del presente régimen están sujetos, sin perjuicio de las establecidas por otras disposiciones legales o reglamentarias, a las siguientes obligaciones: a) Suministrar los informes requeridos por la , referentes a su situación frente a las leyes de previsión; b) Comunicar a la Caja respectiva toda situación prevista por las disposiciones legales, que afecte o pueda afectar el derecho a la percepción total o parcial del beneficio que gozan. VI - DISPOSICIONES GENERALES Y TRANSITORIAS
Qué significa en la práctica
Enumera las obligaciones de los beneficiarios (denunciar reingresos a la actividad y demás situaciones que fije la ley).