Ley 18.188

Artículo 3Conversión de precios

Texto oficial

La conversión de los precios expresados en "pesos moneda nacional" a "pesos" y "centavos" se efectuará a la estricta paridad entre los valores de ambas denominaciones.

Qué significa en la práctica

Los precios en pesos moneda nacional se pasan a pesos y centavos a la paridad estricta de 100 a 1, sin alterar el valor real (un producto de 100 pesos moneda nacional pasaba a costar 1 peso).

Normas relacionadas

← Ver en Peso Ley 18.188 completaLeyes